El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Consejería de Sanidad de esta autonomía a indemnizar con más de 200.000 euros a unos padres por la muerte de su hija debido al empleo de una técnica “inadecuada” durante el parto.
El TSJCV ha reconocido el derecho de los padres a ser indemnizados, teniendo en cuenta también las secuelas que sufrió la madre, a quien se le tuvo que extirpar el útero
En concreto, la consejería sanitaria deberá aportar a los padres un montante económico de 203.400 euros por un suceso que ocurrió en diciembre de 2011 en el Hospital de La Plana, en Villareal. Asimismo, en la sentencia se tiene en cuenta las secuelas que sufrió la madre tras la operación, debido a que se le tuvo que extirpar el útero.
Según ha determinado la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV, se ha estimado un recurso contra la desestimación por parte de la Consejería de Sanidad valenciana de responsabilidad patrimonial debido a las deficiencias en la asistencia sanitaria, reconociendo así el derecho de los padres a ser indemnizados.
La sala señala, según ha informado la asociación El Defensor del Paciente, la atención médica prestada en el momento del parto no fue “lex-artis”, esto es, que “no fue adecuada para tratar a la paciente”. En su caso, se le practicó una “inefectiva maniobra de Kristeller inadecuadamente indicada”, pese a que conocían la “sospecha de que la paciente tenía una desproporción pélvico-cefálica y que existía amenaza de rotura uterina con una debilidad local del útero”.