Los centros educativos de la Comunidad Valenciana con un aforo igual o superior a 1.500 personas, las estaciones de metro con una afluencia media diaria de 2.000 personas o más, y los complejos deportivos en los que el número de usuarios diario sea igual o superior a 500 estarán obligados a tener desfibriladores a partir de ahora.
Así será una vez entre en vigor el nuevo decreto que regula la instalación y el uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos (DESA) fuera del ámbito sanitario, que ha dado a conocer la consejera de Sanidad Universal y Salud Pública, Carmen Montón.
El decreto, que vela por una correcta actuación ante una situación de parada cardiorrespiratoria para seguir la cadena de supervivencia, establece como novedad la obligatoriedad de que los DESA estén disponibles en determinados espacios como aeropuertos y puertos comerciales, estaciones o apeaderos de autobuses o ferrocarril de poblaciones de más de 50.000 habitantes y establecimientos públicos con un aforo igual o superior a 1.000 personas.
"Los DESA serán instalados en lugares visibles y deberán estar señalizados de manera clara y sencilla mediante la señalización universal recomendada por el Comité Internacional de Coordinación sobre Resucitación"
La consejera ha explicado que "los DESA serán instalados en lugares visibles y deberán estar señalizados de manera clara y sencilla mediante la señalización universal recomendada por el Comité Internacional de Coordinación sobre Resucitación". Dicha ubicación deberá identificarse debidamente en los planos o mapas informativos del lugar. "Además junto al desfibrilador se mostrarán con claridad y adecuada visibilidad el teléfono de emergencias 112 y las instrucciones de uso del DESA".
El nuevo marco legal que en breve aprobará el Gobierno determina que la utilización de un desfibrilador comporta la obligación de contactar con el Servicio de Emergencias Sanitarias (SES), a través del teléfono de emergencias 112, con el fin de activar de manera rápida toda la cadena de supervivencia y garantizar la continuidad asistencial de la persona afectada.
Respecto del personal autorizado a utilizar estos desfibriladores automáticos y semiautomáticos, se especifica que serán las personas que estén en posesión de la licenciatura de Medicina y Cirugía o grado de Medicina, diplomatura de Enfermería o Grado de Enfermería, o formación profesional de Técnico en Emergencias Sanitarias; las personas que hayan cursado titulaciones oficiales reconocidas en España cuyo programa incluya formación en reanimación cardiopulmonar, soporte vital básico y uso del DESA; y las personas de los estados miembros la Unión Europea que hayan realizado los cursos o programas exigidos para ello en sus países, previa homologación.
Podrán usarlos también todas aquellas personas que hayan superado la formación inicial y tengan actualizados sus conocimientos mediante formación continuada. "En el uso de los aparato, y al objeto de aumentar las posibilidades de supervivencia, podrá usarlo cualquier persona que se encuentre presente en el lugar de la parada cardíaca siempre que esté en comunicación con el Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU) a través del 112", ha explicado Montón.
PRIMEROS AUXILIOS DESDE LA ESO
La consejera ha destacado que uno de los objetivos de este decreto es que la Generalitat promueva, a través de la consejería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, la introducción en los contenidos educativos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) del conocimiento en materia de Primeros Auxilios y Soporte Vital Básico "que incluya, al menos, la petición de ayuda al teléfono de emergencias 112, la Reanimación Cardiopulmonar (RCP) básica y el uso de un DESA".
"Es importante subrayar que la desfibrilación temprana y la reanimación cardiopulmonar básica de calidad son la respuesta más adecuada en caso de parada cardíaca y sería muy recomendable que todos supiéramos desde muy jóvenes cuál es la correcta actuación en estos casos, si con ello podemos salvar una vida", ha concluido Montón.