El Consell ha aprobado un acuerdo que declara de interés público la compatibilización de la actividad sanitaria en un segundo puesto de trabajo en centros de mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Esta medida permitirá al personal sanitario del sistema valenciano de salud desempeñar, con autorización previa, una actividad asistencial adicional en dichas mutuas, siempre que cumpla con las normativas laborales y de incompatibilidades vigentes.
Según el acuerdo, la segunda actividad deberá realizarse en régimen laboral, a tiempo parcial y con duración determinada. Además, no podrá implicar modificaciones en la jornada o el horario de los dos puestos, exigiéndose el cumplimiento estricto de ambos. La autorización expresa será obligatoria para garantizar que se respete la normativa de incompatibilidades aplicable al personal de las administraciones públicas.
Necesidad de garantizar una atención sanitaria adecuada ante el déficit de profesionales en el sistema de salud, una problemática que afecta tanto al sistema público como a los centros asistenciales de las mutuas
Esta medida responde a la necesidad de garantizar una atención sanitaria adecuada ante el déficit de profesionales en el sistema de salud, una problemática que afecta tanto al sistema público como a los centros asistenciales de las mutuas. La finalidad es reorganizar y optimizar los recursos humanos disponibles para cubrir la creciente demanda asistencial.
El incremento de la demanda sanitaria está ligado al aumento de la esperanza de vida y la necesidad de ofrecer atención de calidad en todas las etapas de la vida. El Consell subraya que la reorganización de recursos humanos y la colaboración con las mutuas buscan garantizar el derecho de la ciudadanía a una atención sanitaria accesible y eficiente.