Montón presenta una ley de muerte digna en la Comunidad Valenciana

El texto fue aprobado por el Consell el pasado mes de diciembre e inicia ahora la tramitación parlamentaria. Propone consolidar el derecho a morir dignamente.

Carmen Montón, consejera de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana
Carmen Montón, consejera de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana
CS
19 abril 2018 | 18:59 h

La consejera de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana, Carmen Montón, ha presentado en Les Corts Valencianes el proyecto de Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de atención al final de la vida, el primer texto normativo que específicamente regula esta materia en la región.

El texto, que fue aprobado por el Consell el pasado mes de diciembre, inicia ahora la tramitación parlamentaria, tras una etapa de amplio debate y participación que incluyó las propuestas de una veintena de expertos, así como las aportaciones de la ciudadanía, colegios profesionales, sociedades científicas, asociaciones y organizaciones sindicales.

"Facilitar la posibilidad de morir sin sufrimiento y en paz a quien así lo haya decidido, en el ejercicio de su libertad individual, es un requisito irrenunciable"

La Comunidad Valenciana se suma así a otras autonomías -Andalucía, Aragón, Canarias, Navarra, Galicia, Baleares, País Vasco y Madrid-, con una ley cuyo objetivo es "regular el ejercicio de los derechos de la persona en el proceso final de su vida, para garantizar el respeto a su dignidad y autonomía, a la expresión de sus deseos y valores, y a velar por la calidad de su vida durante ese proceso, dentro del marco legal", en palabras de Carmen Montón

La ley, que garantiza el principio de seguridad jurídica, propone consolidar el derecho a morir con dignidad como derecho de ciudadanía y contempla que el paciente pueda planificar con detalle el final de su vida, con el asesoramiento profesional que necesite. 

A juicio de la titular de Sanidad, "facilitar la posibilidad de morir sin sufrimiento y en paz a quien así lo haya decidido, en el ejercicio de su libertad individual, es un requisito irrenunciable". 

Por ello la ley habla de respetar el lugar que se elija para morir, ya sea el hospital -con la garantía de disponer de habitación individual- o el domicilio particular -con el acompañamiento del personal sanitario-. Con consuelo espiritual si se precisa y escogiendo el tipo de cuidados sanitarios cuando la situación sea irreversible. 

SEGURIDAD PARA LOS PROFESIONALES 

La ley no sólo garantiza la dignidad de la persona en el proceso final de la vida, sino que da respuesta a las situaciones de inseguridad que se generan en el entorno del personal sanitario que ha de adoptar las decisiones correspondientes. Así, el texto recoge los deberes que ha de cumplir el personal de los centros sanitarios y sociales, públicos y privados, así como las aseguradoras. 

Como ejemplo, el personal sanitario deberá dejar constancia del proceso en la historia clínica y respetar las decisiones del paciente, ya se expresen estas a través del consentimiento informado o en instrucciones previas. 

Con especial atención se abordan los deberes del personal sanitario respecto de la limitación de las medidas de soporte vital. Como ha explicado Carmen Montón, "se busca evitar la llamada obstinación terapéutica y decidir la retirada o no de estas medidas de manera consensuada entre el equipo asistencial, la persona enferma y sus representantes". 

"Los cuidados en la atención de las personas al final de la vida no acortan ni prolongan la vida, sino que adecuan el tratamiento al objetivo primero y principal de aliviar el sufrimiento", ha añadido.

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