Más readmisiones en el Hospital de La Ribera por despido improcedente

Un juzgado de Valencia ha declarado improcedente el despido del jefe de prensa del hospital de La Ribera

Fachada del Hospital Universitario de La Ribera, perteneciente a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana

El juzgado de los Social nº 5 de Valencia ha declarado improcedente el despido del jefe de prensa del Hospital de La Ribera antes de que el centro fuera revertido a la red sanitaria pública.

Una sentencia de la que se hace eco El Mundo, eleva la cifra de indemnizaciones a más de 400.000 euros que ha debido abonar la Consejería de Sanidad hasta la fecha por éste y por los otros seis despedidos.

La Consejería tiene la obligación de readmitir al trabajador y abonarle las vacaciones no disfrutadas y el salario de tramitación

Con la readmisión del jefe de prensa, se llega a la séptima sentencia tras la reversión, que vuelve a confirmar que la Consejería de Sanidad no justificó ninguno de los 11 despidos que ejecutó a primera hora de la mañana de la reversión, el 1 de abril de 2018, y que no realizó el procedimiento conforme a la Ley.

En la sentencia, el juzgado insiste en que son inciertos los argumentos en los que se alegan “cuestiones de organización” para proceder al despido. El texto de la resolución judicial: “no argumentan ni siquiera mínimamente, la causa organizativa que justifica la extinción del contrato de trabajo del actor, quien venía desarrollando las funciones propias de jefe de marketing y comunicación en un departamento con dos trabajadores a su cargo, funciones que se siguen desarrollando tras su cese, lo que evidencia que siguen siendo necesarias”.

Al igual que en las sentencias anteriores, la Consejería de Sanidad tiene la obligación de readmitir al trabajador y abonarle las vacaciones no disfrutadas y el salario de tramitación o abonarle la indemnización.

EN FEBRERO FUE EL TURNO DEL DIRECTOR FINANCIERO

A mediados de febrero el juzgado de los social nº 8 de Valencia declaró improcedente el despido del director financiera al no estar justificada la amortización del puesto.

Este trabajador debía ser contratado en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la resolución.

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