“La OPE de la sanidad valenciana debería haberse dotado de una mayor seguridad jurídica”

La inscripción en el concurso de méritos para el proceso de estabilización de más de 9.000 plazas de sanitarios valencianos ha comenzado este lunes. Desde ConSalud.es hablamos sobre esta OPE con Rosa Atiénzar, secretaria general de la FSS CCOO PV

Rosa Atiénzar, secretaria general de la FSS CCOO, preocupada por la "inseguridad jurídica de la OPE".
11 enero 2023 | 17:45 h

Un total de 9.205 empleados interinos sanitarios de la Comunidad Valenciana ya van a poder optar a consolidar su plaza de trabajo. En el marco de este proceso de estabilización de plazas, la Consejería de Sanidad ha abierto este lunes el plazo de inscripción para el concurso de méritos y que estará abierto hasta el 27 de enero. Así, a fecha de este miércoles 11 de enero (en sólo dos días) la Consejería valenciana de Sanidad Universal y Salud Pública ya ha transmitido a través de un comunicado que se han registrado 11.509 solicitudes para participar en el proceso excepcional de estabilización, además de otras tantas 27.221 citas previas. Esta OPE valenciana, así como la baremación de su concurso de méritos, han venido generando controversia entre los profesionales y sindicatos sanitarios desde el mismo momento de su publicación. Una polémica que parece no haberse apaciguado ni tan siquiera habiendo comenzado la inscripción.

Con motivo de la apertura del proceso de este lunes, Rosa Atiénzar, secretaria general de la FSS CCOO PV, ha atendido a ConSalud.es para valorar este proceso de estabilización de empleo público en la sanidad valenciana, así como el debate generado por su baremación. No en vano, la Consejería de Sanidad tuvo que modificarlo debido a las críticas que generó, entre otras razones, la alta valoración de la lengua valenciana por encima de otros méritos a la hora de obtener una puntuación más elevada entre los candidatos.

“La ley de estabilidad también permitía haber reconvertido y ofertado otras plazas que, no siendo estructurales, sí obedecen a necesidades estructurales y no han sido incluidas; como los contratos de atención continuada o contratos por acumulación de tareas, entre otros”

Este proceso de estabilización de más de 9.000 plazas de empleo público en el servicio sanitario de la Comunidad Valenciana es catalogado por Rosa Atiénzar como “necesario” dada la alta temporalidad en la sanidad pública valenciana, que “roza en la actualidad el 50% de la plantilla, algo inasumible y que había que corregir hasta alcanzar la tasa razonable del 8%”; de esta forma, considera que servirá para “reducir esta alta cantidad de contratos temporales”. Sin embargo, la secretaria del sindicato lamenta que “la ley de estabilidad también permitía haber reconvertido y ofertado otras plazas que, no siendo estructurales, sí obedecen a necesidades estructurales y no han sido incluidas; como los contratos de atención continuada o contratos por acumulación de tareas, entre otros” y que cifra en alrededor de unos 1.000 profesionales.

Respecto a la controversia del concurso de méritos, Atiénzar, explica que “la propia Ley 20/2021 ha resultado polémica desde el principio porque se añadieron una serie de medidas no consensuadas y que acarreaban elementos de inseguridad jurídica”. En el caso de la Comunidad Valenciana las suspicacias llegaron en dos vertientes; no se estaban identificando todas las plazas  y, por otro lado, la baremación marcada. A este último respecto, señala la secretaria de CCOO que “hay una serie de requisitos que marca la Constitución relacionados con la garantía de la libre concurrencia, así como garantizar los principios de igualdad, mérito y capacidad; no pudiendo establecerse en el baremo criterios que sean discriminatorios”.

En un procedimiento habitual de OPE los servicios prestados en cualquier centro sanitario público -de gestión directa o indirecta- se cuentan como méritos, sin embargo, en esta solamente se le contabiliza al personal estatutario

En esta línea, una vez trasladados los pormenores de esta baremación por parte de las autoridades valencianas para el concurso de méritos, a CCOO de Valencia le ha generado muchas dudas sobre la seguridad jurídica del proceso, pues tanto el fondo como la forma rayan un poco los límites que ya ha marcado la jurisprudencia en España”, señala Atiénzar. Se refiere, entre otros, al límite en la participación de personal que ya tengan plaza en otra administración.  Así, la secretaria general de la FSS CCOO PV pone el siguiente ejemplo: “Una enfermera que tenga plaza en propiedad en una residencia de mayores pública no debería encontrar trabas a la hora de participar en este concurso de méritos para ser enfermera en un hospital público y, sin embargo, sí se establecen estas limitaciones”, circunstancia que podría incurrir en una discriminación.

Rosa Atiénzar incide en que los baremos se han aplicado con criterios “muy distintos a los que se vienen aplicando de manera ordinaria”. En un procedimiento habitual de OPE los servicios prestados en cualquier centro sanitario público -de gestión directa o indirecta- se cuentan como méritos, sin embargo, en esta solamente se le contabiliza al personal estatutario. Ante esto, la secretaria de CCOO considera que “hay parte del personal de la consejería que se va a ver discriminado, a pesar de trabajar en hospitales de gestión pública junto a sus compañeros, sus servicio prestados no van a ser reconocidos”.

“Si bien los altos tribunales han dejado claro que se debe respetar la proporción de 60/40 en el concurso de méritos, en este caso se ha estipulado un baremo de 70% para experiencia profesional y un 30% para el resto de méritos”

Del mismo modo, otro elemento de polémica en el concurso de méritos radica en cómo se contabilizan los servicios prestados en diferente categoría, que “limitan la posibilidad de promoción interna” a una plaza de superior categoría, dada la menor valoración de estos servicios prestados con respecto a lo que viene siendo habitual, señala Atiénzar. Además, remarca, “si bien los altos tribunales han dejado claro que se debe respetar la proporción de 60/40 en el concurso de méritos, en este caso se ha estipulado un baremo de 70% para experiencia profesional y un 30% para el resto de méritos”, concluye.

Estas problemáticas que señala la secretaria general de la FSS CCOO PV no son un asunto baladí, puesto que pueden suponer futuras reclamaciones que pueden llevar a paralizar el proceso. “Los elementos de inseguridad jurídica que han incluido pueden implicar un riesgo en la viabilidad de los procesos de estabilización en caso de que se judicialicen, pudiendo llevar a su paralización. Es importante que los baremos siempre sean respetuosos con la norma”, alerta Atiénza. No en vano, este concurso de meritos nunca fue aprobado por los sindicatos y tampoco se sopesaron sus alertas. “La Consejería los presentó y pasó por la mesa sectorial (como es preceptivo), pero no fue un debate ni se tuvieron en cuenta las aportaciones desde la parte sindical”, remarca.

POLÉMICA CON EL VALENCIANO

Uno de los puntos que más discusión creó en la presentación del concurso de méritos fue el relativo a la baremación de la lengua valenciana. Tal fue así que, ante el revuelo causado, resultó una de las causas por las cuales la Consejería de Sanidad decidió rectificarlo y equipararlo a la posesión de un doctorado, si bien en el borrador inicial presentado a los sindicatos la lengua autonómica puntuaba tres veces más.  

Respecto a este cambio, Rosa Atiénzar, señala que “algunos sindicatos ya presentaron una propuesta para la modificación del valenciano en la mesa sectorial que no fue aceptada y lo que no es de recibo es que después se publique una modificación que no ha sido negociada ni informada a los grupos sindicales de la mesa sectorial”. Además afirma que, más allá de entrar en la baremación del valenciano, lo importante es respetar “el derecho que tiene el paciente de ser atendido en su lengua propia”, concluye.   

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