Los criterios establecidos en la orden sobre hornos crematorios de la Consejería de Sanidad de la Generalitat Valenciana ha generado estupefacción entre los profesionales sanitarios. Según la información publicada por Levante-EMV, el borrador del texto normativo por el que tiene previsto regular la cremación, en este momento en fase de exposición pública, en el que se establecía la prohibición de incineración de los cádaveres de personas con obesidad mórbida.
El texto inicial recogía esta prohibición en el apartado de condiciones sanitarias para la cremación, sin embargo, la consejera de Sanidad, Ana Barceló, ha decidido dar marcha atrás, tal y como ha informado en que asegura que la Dirección General de Salud Pública eliminará el apartado en el que se recoge esa prohibición.
La justificación de la Consejería para la prohibición ha sido que "se necesita una cantidad muy elevada de combustible" y esto conlleva a un aumento "considerable de contaminación sobrepasando el umbral permitido"
Fuentes de la Consejería de Sanidad adelantaron a Levante-EMV que entre los motivos estaba la necesidad de controlar la emisión de sustancias tóxicas. Para incinerar un cuerpo de este volumen "se necesita una cantidad muy elevada de combustible",lo que conlleva a un aumento "considerable de contaminación sobrepasando el umbral permitido". Sanidad admite que la cremación de personas con obesidad mórbida puede generar problemas técnicos y requerir necesidades especiales.
Pese a todo, el proyecto de normativa publicado en la web de la Consejería mantiene la prohibición de incinerar los cadáveres de las personas que hayan recibido tratamiento contra el cáncer mediante inserción de agujas radiactivas.
RECTIFICACIÓN
Tal y como recoge RTVE, la directora general de Salud Pública, Ana María García, ha asegurado que ese articulado se modificará con arreglo a los objetivos de la orden, que pretende establecer las condiciones para la ubicación y funcionamiento de los hornos crematorios para proteger la salud de la población.
Se eliminará del texto de la futura orden el apartado donde se afirma: "Se prohíbe la cremación de personas con obesidad mórbida". García ha apuntado que el proceso de consulta pública "tiene justamente el objetivo de detectar partes de los textos normativos que puedan ser susceptibles de mejora o corrección, como es el caso".