Madrid presenta el recurso ante la Audiencia Nacional contra las limitaciones de Sanidad

La Comunidad de Madrid ha comunicado que ya ha presentado el recurso contencioso administrativo contra la orden del Ministerio de Sanidad que establece el cierre de Madrid y otras nueve localidades de la región.

Isabel Díaz Ayuso, rodeada de otros miembros del Gobierno madrileño (Foto: CAM)
Isabel Díaz Ayuso, rodeada de otros miembros del Gobierno madrileño (Foto: CAM)
CS
2 octubre 2020 | 13:20 h

Tal y como se esperaba, la Comunidad de Madrid ha presentado finalmente en la mañana de este viernes el recurso ante la Audiencia Nacional contra la orden del Ministerio de Sanidad que que recoge las nuevas limitaciones sobre restricciones de movilidad y concentración de personas que deberían aplicarse antes de las 22:48 horas. Ha interpuesto un recurso contencioso administrativo y ha solicitado medidas cautelares.

En primer lugar, según el recurso al que ha tenido acceso ConSalud.es, el Gobierno madrileño “discrepa de que se haya alcanzado un acuerdo en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, ya que carece del preceptivo consenso”. Posteriormente, reclaman la suspensión con motivo del plazo de 48 horas establecido por el Ministerio para el cumplimiento de la orden, por estar dirigida a los municipios de más de 100.000 habitantes y por las limitaciones de aforos.

Madrid considera que ha habido una “invasión de competencias” a través de “una utilización torticera del Consejo Interterritorial del SNS"

Atendiendo al “perjuicio” que la orden de Salvador Illa “causa a esta administración”, el Ejecutivo que preside Isabel Díaz Ayuso considera que la actuación del Ministerio de Sanidad ha supuesto una “invasión de competencias” a través de “una utilización torticera del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud”. Sobre este punto, subrayan que Madrid “ostenta la competencia para la adopción de medidas especiales en materia de salud pública” y que lo vienen haciendo desde que acabó el estado de alarma.

Desde su punto de vista, Madrid considera que la adopción de este tipo de medidas “reclama una especial mesura” ya que “además de afectar sensiblemente a la vida ordinaria y a la actividad económica, implican una limitación de derechos fundamentales”. Por ello, defienden que se deben enfocar “a una finalidad sanitaria, pero en el marco de los principios de utilidad y, muy especialmente, proporcionalidad”.

En esta línea, la Comunidad alega que “se convierte lo que debe ser un órgano para la coordinación consensuada, en un mecanismo de invasión de la competencia autonómica, a través del cual el Ministerio se irroga una competencia de la cual carece”. Además, creen que “resulta agravado cuando, a la vista de la intensidad de las medidas adoptadas, nos damos cuenta que el Estado dispone de un instrumento para ello: la declaración del estado de alarma”. De esta manera, el Gobierno de Ayuso cree que la orden firmada por Salvador Illa "supone la aplicación de unas limitaciones propias del estado de alarma".

“NO HA EXISTIDO OMISIÓN O DEJACIÓN DE FUNCIONES”

En otra parte del recurso, el Ejecutivo regional defiende que “resulta más idóneo desde la perspectiva de salud pública el mantenimiento de la competencia de la Comunidad de Madrid”. Aseguran, en este caso, que “no ha existido omisión o dejación de funciones, sino que, al contrario, se vienen desplegando medidas cuya eficacia está ya siendo comprobada”.

El Gobierno madrileño defiende en el recurso que "no ha perseguido otra cosa que la protección de la salud"

Sobre este punto, sostienen que tratándose de “un litigio entre Administraciones cuya actuación debe estar presidida por la protección y defensa del interés público”, y siendo conscientes también de que la orden del Ministerio “se sustenta sobre una vocación sanitaria”, el equipo de Díaz Ayuso defiende que “se debe dar preferencia a la pretensión de la Comunidad de Madrid porque, lejos de buscar otros objetivos, esta Administración no ha perseguido otra cosa que la protección de la salud”.

ZONAS BÁSICAS DE SALUD

Como lleva haciendo toda la semana, el Gobierno madrileño incluye en el recurso que las medidas ya aprobadas están suponiendo una reducción de la incidencia de la pandemia “que alcanza hasta el 50 % en algunas de las zonas donde se han aplicado medidas”. Además, subrayan que “ el criterio que ha venido utilizando esta Administración, estableciendo medidas por Zonas Básicas de Salud, resulta mucho más acorde, proporcionado y efectivo”.

La Comunidad apuesta por la zona básica de salud "como unidad territorial para la monitorización y control de Covid-19"

Así, introducen una nueva crítica al Ministerio de Sanidad diciendo que el umbral de 500 casos de Covid-19 por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días “supone un riesgo muy diferente en función del tamaño de la población”. Concretan que “hay una gran variabilidad en el tamaño poblacional ya que el municipio de Madrid tiene una población 30 veces superior a los 9 municipios restantes con 100.000 o más habitantes”.

Por dicho motivo, la Comunidad defiende “como unidad territorial para la monitorización y control de Covid-19 la zona básica de salud (tamaño medio 23.000 habitantes), población atendida por un centro de salud y asignada junto a la población de otras zonas básicas a un Hospital de referencia en caso de necesitar cuidados más complejos”.

DAÑO ECONÓMICO

A pesar de que el Gobierno madrileño defiende motivos sanitarios, en uno de los puntos desgranan el “impacto económico negativo” que supone la adopción de las medidas. Citan que son “conscientes que este impacto económico debe quedar siempre supeditado a las necesidades de Salud Pública, pues así lo impone, por ejemplo, el principio de precaución”.

Sin embargo, a continuación mencionan que “además del daño que evidentemente supone la sustracción de las competencias, el daño que de ello se deriva resulta totalmente injustificado en el ámbito económico, que se convierte, en el contexto procesal en que nos encontramos, en una pérdida irreperable, que justifica la adopción de las presentes medidas”.

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