24 años después de la última norma jurídica regional, la Comunidad de Madrid contará con una nueva Ley de Farmacia. Así lo ha decidido la Asamblea de Madrid este jueves, tras la aprobación del Proyecto de Ley presentado por el Gobierno autonómico y que viene a sustituir el mandato imperativo de 1998. De este modo, el Ejecutivo liderado por Isabel Díaz Ayuso ha logrado sacar adelante una ley que, según definen, está "adaptada a las necesidades de los usuarios, pacientes y profesionales".
Con esta norma se refuerza de los profesionales de farmacia, puesto que en ella se califica el acto de dispensación como asistencial y se incorpora el concepto de indicación farmacéutica. Esta normativa, adaptada al siglo XXI para ofrecer un sistema de atención cercano, permite la atención domiciliaria para aquellos pacientes en situaciones de dependencia o discapacidad que no puedan desplazarse a la oficina de farmacia de su elección. Este aspecto se ha trabajado conjuntamente con los profesionales y asociaciones de pacientes, que consiste en una entrega informada y vinculada al personal cualificado de la plantilla.
El texto convalidado por el Parlamento autonómico ha contado con una amplia participación ciudadana, con 163 aportaciones particulares realizadas entre titulares farmacéuticos, personal de plantilla y usuarios
El texto convalidado por el Parlamento autonómico ha contado con una amplia participación ciudadana, con 163 aportaciones particulares realizadas entre titulares farmacéuticos, personal de plantilla y usuarios. Y también actualiza y mejora la legislación vigente potenciando el carácter asistencial de los establecimientos dispensadores y el papel de los profesionales, que ven en esta Ley un mayor reconocimiento a su actividad.
Esta iniciativa permite la equidad en el acceso a los medicamentos favoreciendo la libertad horaria con los ritmos de vida de la sociedad actual. Esta flexibilidad puede llegar a la apertura las 24 horas para facilitar la adquisición de fármacos. También determina los sistemas personalizados de dosificación para mejorar la adherencia y efectividad de los tratamientos, con especial atención a los pacientes crónicos, polimedicados y dependientes.
En el Proyecto de Ley presentado a la Asamblea de Madrid se reconocía la singularidad de aquellas oficinas en municipios de menos de 2.000 habitantes, en los que el horario ordinario y oficial podrá ser de 35 horas semanales y realizarse de forma continuada.
La Ley PL 6/22 RGEP 12125, de Ordenación y Atención Farmacéutica, asegura la atención profesional y la incorporación de secciones como nutrición y dietética en las propias oficinas de farmacia con el mantenimiento de las garantías de control y calidad
Además, la norma jurídica, que recibe el nombre de Ley PL 6/22 RGEP 12125, de Ordenación y Atención Farmacéutica, asegura la atención profesional y la incorporación de secciones como nutrición y dietética en las propias oficinas de farmacia con el mantenimiento de las garantías de control y calidad.
ADAPTADAS A SITUACIONES DE EMERGENCIA
La nueva Ley regula, dentro del marco global de emergencias sanitarias, la participación e integración de los establecimientos y servicios farmacéuticos en los dispositivos y medidas que se establezcan en caso de necesidad. En paralelo, incorpora mejoras para facilitar la eliminación de medicamentos caducados o no utilizados por parte de los ciudadanos a través de sistemas de recogida autorizados, con el objetivo de no perjudicar al medio ambiente.