La ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de Madrid ya es una realidad

La nueva ley de farmacia madrileña recoge importantes avances como el reconocimiento profesional de la figura del profesional farmaceútico, la atención domiciliaria o en nucleos pequeños, así como el servicio en circunstancias de alerta

Medicamentos en una farmacia (Foto: Freepik)
Medicamentos en una farmacia (Foto: Freepik)
Javier Leunda, redactor ConSalud.es
7 junio 2023 | 10:00 h

La nueva Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid aprobada por la Asamblea regional ha sido este miércoles publicada oficialmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Una nueva normativa que viene a sustituir la anterior legislación de 1998y queregirá a partir de ahora este ámbito en la autonomía madrileña. De este modo, incorpora importantes novedades como el reforzamiento de la figura profesional del farmacéutico o el concepto de indicación farmacéutica.

Esta nueva ley de farmacia fue convalidado por el Parlamento autonómico el pasado mes de diciembre y su redacción contó con un importante consensoy participación ciudadana; 163 aportaciones particulares realizadas entre titulares farmacéuticos, personal de plantilla y usuarios del servicio. El objetivo de la norma era actualizar el reglamento a las circunstancias y realidades actuales, potenciando el carácter asistencial de los establecimientos dispensadores y el papel de los profesionales, que ven en esta Ley un mayor reconocimiento a su actividad.

También determina los sistemas personalizados de dosificación para mejorar la adherencia y efectividad de los tratamientos, con especial atención a los pacientes crónicos, polimedicados y dependientes

En el texto se recoge la importancia de un sistema de atención cercano, que permite la atención domiciliaria para aquellos pacientes en situaciones de dependencia o discapacidad que no puedan desplazarse a la oficina de farmacia de su elección. Así, esta iniciativa permite la equidad en el acceso a los medicamentos favoreciendo la libertad horaria con los ritmos de vida de la sociedad actual. Esta flexibilidad puede llegar a la apertura las 24 horas para facilitar la adquisición de fármacos.

También determina los sistemas personalizados de dosificación para mejorar la adherencia y efectividad de los tratamientos, con especial atención a los pacientes crónicos, polimedicados y dependientes. Por otro lado, asegura la atención profesional y la incorporación de secciones como nutrición y dietética en las propias oficinas de farmacia con el mantenimiento de las garantías de control y calidad.

ATENCIÓN A LA FARMACIA RURAL

La nueva legislación de la Comunidad de Madrid no olvida la importancia asistencial de la farmacia rural como un importante servicio que da soporte a la población aislada y envejecida. Para ello, reconoce  la singularidad de aquellas oficinas en municipios de menos de 2.000 habitantes, en los que el horario ordinario y oficial podrá ser de 35 horas semanales y realizarse de forma continuada.

ADAPTADA ANTE UNA EMERGENCIA

En el marco global de posibles emergencias sanitarias, la norma de la Comunidad remarca  la participación e integración de los establecimientos y servicios farmacéuticos en los dispositivos y medidas que se establezcan en caso de necesidad. En paralelo, incorpora mejoras para facilitar la eliminación de medicamentos caducados o no utilizados por parte de los ciudadanos a través de sistemas de recogida autorizados, con el objetivo de no perjudicar al medio ambiente.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído