Archivada la causa contra Manuel Molina por el concurso de ambulancias de Madrid

La Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid da la razón al exviceconsejero Manuel Molina y desestima el recurso interpuesto por la compañía Ambulancias Alerta.

Manuel Molina, actual gerente del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla

La Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de la causa contra el exviceconsejero Manuel Molina y otros tres cargos del pretérito organigrama de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Es preciso recordar que los cargos públicos estaban acusados de la presunta comisión de delitos de prevaricación, falsedad, malversación, coacciones y cohecho en el concurso de ambulancias del Summa 112.

En el auto de resolución, fechado a 13 de enero de 2020 y al que ha tenido acceso ConSalud.es, el tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por la compañía Ambulancias Alerta contra el documento decretado por el Juzgado de Intrucción 51 de Madrid. "Confirmamos en su integridad el auto", han señalado los tres magistrados encargados de la causa.

"Resulta necesario afirmar que no se aprecia indicio alguno de la posible comisión del examinado delito de prevariación"

En un primer momento, Ambulancias Alerta fue propuesta como adjudicataria del servicio de transporte sanitario en la autonomía madrileña. No obstante, fue la empresa Ferrovial la que finalmente logró el servicio al entender Sanidad que la oferta de Ambulancias Alerta no cubría los gastos. Acto seguido, la citada compañía presentó una querella al entender que los dirigentes sanitarios ejercieron presuntas presiones para que renunciaran a la adjudicación.

Sin embargo y del mismo modo que el auto del Juzgado de Intrucción 51 de Madrid, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid ha subrayado que "resulta necesario afirmar que no se aprecia indicio alguno de la posible comisión del examinado delito de prevariación" por parte de los acusados.

De hecho, ha agregado el tribunal, la solicitud de Molina de una serie de informes de viabilidad técnica a la compañía después de ser propuesta como adjudicataria "no reviste los elementos objetivos del tipo de prevaricación, al basarse en el informe técnico".

"En el tono y sustancia de las conversaciones mantenidas en el encuentro prevalece la preocupación del órgano de contratación sobre la correcta prestación de servicio sobre cualquier otra finalidad espuria"

"Tampoco este informe, en sí mismo considerado, puede considerarse que reúna los requisitos exigidos por el tipo de prevaricación, por cuanto no supone una interpretación de la norma insostenible bajo ningún punto de vista jurídico, ya que aun cuando a nuestro juicio interprete erróneamente el dictamen de la Junta Consultiva, esta interpretación no es tan grosera y descabellada como para incurrir en el mencionado tipo de prevaricación, que exige de la concurrencia de los perfiles que han sido expuestos anteriormente", han expuesto los magistrados.

En suma, la Audiencia Provincial de Madrid ha finalizado manifestando que "en el tono y sustancia de las conversaciones mantenidas en el encuentro prevalece la preocupación del órgano de contratación sobre la correcta prestación de servicio sobre cualquier otra finalidad espuria que permitiera hablar de indicios del delito de coacciones".

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