El Sindicato Médico Andaluz (SMA) ha anunciado que la inspección de Trabajo le ha dado la razón al solicitar al SAS la elaboración de un listado de puestos exentos de riesgo para mujeres embarazadas. Tras años de reclamaciones, multitud de escritos remitidos a la Subdirección de PRL, insistencia en la obligación del cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y finalmente, denuncia ante la Inspección de Trabajo autonómica, el sindicato se felicita por que la instancia les haya dado la razón.
El requerimiento al SAS de la Inspección de Trabajo pretende garantizar la elaboración de un listado de puestos exentos de riesgo para embarazadas, de parto reciente o en periodo de lactancia, previa consulta con los representantes de los trabajadores.
Este requerimiento deberá cumplirse, al margen de que se establezcan otros posibles listados recogidos en el procedimiento 30, “protección en embarazo y lactancia natural”, apunta el SMA. “Y esto es así porque, en la contestación a nuestra denuncia, de las investigaciones realizadas se desprende que la implantación de este procedimiento no es homogénea en todas las Unidades de Prevención, y al final la única solución posible es acatar lo que determina el Artículo 26.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”, añaden.
“Trabajar en el SAS, ser facultativa y estar embarazada, son los 3 factores de riesgo para conciliar vida familiar y laboral en el país con menor índice de natalidad de toda Europa”
Respecto a la evaluación de riesgos laborales, el escrito remitido por la Inspección continúa recogiendo que las evaluaciones de riesgos laborales de los puestos de trabajo, según el SAS, se encuentran realizadas y además se realiza una evaluación adicional del puesto de la trabajadora que está en estas situaciones. Sin embargo, el SMA denuncia que los delegados de prevención se encuentran a diario situaciones en las que estas “evaluaciones individualizadas por puesto de trabajo” son evaluaciones de “puestos tipo”, lo que por otra parte es perfectamente lógico dada la exigua plantilla de recursos humanos, materiales y económicos asignados a la Salud Laboral en el ámbito del SAS.
Recuerdan la realidad que viven las facultativas embarazadas “a las que se les ponen trabas para acceder a la tramitación de la suspensión por riesgo biológico, y cuando se consigue, el procedimiento se dilata, y mientras puedan hacer teletrabajo”, un formato que impide (en la mayoría de las especialidades) desarrollar las funciones esenciales de su profesión, entre las que está la actividad asistencial directa a los pacientes, en su puesto de trabajo.
Además, existe otra situación de riesgo, que, al ser valorada, repercute en un incremento de la brecha salarial por razón de sexo. “Las guardias, con el componente de trabajo nocturno y penosidad están prohibidas en estas situaciones, pero si no se realizan, no se plantea el derecho a un prorrateo de las mismas, que impida la pérdida retributiva que esta situación acarrea, en unos sueldos ya de por sí exiguos”, denuncian desde el SMA.
Finalmente, la respuesta de la Inspección de Trabajo, según indican desde el sindicato, concluye que: “en aras a la eficacia y eficiencia de la actuación inspectora, se le informa que, si tienen conocimiento de casos concretos e individualizables en que se esté incumpliendo la normativa de aplicación o el procedimiento acordado, se ponga en conocimiento de esta Inspección al objeto en su caso de ser investigados”. Desde el SMA concluyen: “Trabajar en el SAS, ser facultativa y estar embarazada, esos son los 3 factores de riesgo para conciliar vida familiar y laboral en el país con menor índice de natalidad de toda Europa”.