El Consejo Consultivo de Andalucía ha dicho “no” a la denuncia interpuesta por una vecina de Huelva que reclamaba al Servicio Andaluz de la Salud (SAS) 95.300 euros por una supuesta mala praxis durante el parto en el que dio a luz a su hija.
La reclamante aseguraba que la minusvalía que padece su hija se debe a la deficiente asistencia sanitaria que se le dispenso durante el parto. Además, alega una inactividad médica ante un diagnostico de la patología de RPM (rotura prematura de membrana o bolsa amniótica), en segundo trimestre de gestación.
El consultivo señala que la asistencia sanitaria fue acorde a la lex artis
Sin embargo, según se hace eco el diario La Vanguardia, el Consultivo a la vista del informa emitido por el Jefe de Servicio de Ginecología y Obstreticia del Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva, dictamina favorablemente la propuesta de resolución desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, en el procedimiento de responsabilidad tramitado por el SAS, ya que “la asistencia sanitaria dispensada fue acorde a la lex artis y no puede considerar acreditada a la relación de casualidad”.
Asimismo, de haberse producido, como sostiene la reclamante, la rotura prematura de membranas y el oligomanios, “la gestación no habría podido llegar a término como finalmente sÍ ocurrió”.