La consejería de Salud de Andalucía da la razón a los psicólogos clínicos sobre sus competencias

La Secretaría y Subdirección de Programas y Desarrollo ha emitido un comunicado aclarando las competencias de los psicólogos clínicos en hospitalizaciones y Urgencias

Consejería de Salud de Andalucía y sede del SAS (Foto: Colegio Oficial de Enfermería de Málaga)
20 diciembre 2024 | 14:25 h

La Secretaría y Subdirección de Programas y Desarrollo, dependiente de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud de la Junta de Andalucía, ha emitido un comunicado en el que aclara las competencias de los psicólogos clínicos dentro del ámbito de las hospitalizaciones y atención en urgencias.

"Tras la consulta realizada al Gabinete Jurídico de la Consejería Salud y Consumo se remiten aclaraciones respecto a las competencias y actuaciones de los facultativos especialistas de Psicología Clínica en todo lo relativo a hospitalizaciones y atención en Urgencias", relata el comunicado al que ha tenido acceso ConSalud.es y que firma Magda Baldrich López, quien dirige la subdirección.

Así, se aclara que "quedan dentro de estas competencias la realización de ingresos hospitalarios de carácter voluntario e involuntario en las diferentes unidades de hospitalización de la red de Salud Mental del SSPA".

Quedan dentro de estas competencias la realización de ingresos hospitalarios

Igualmente, los psicólogos clínicos están facultados para valorar la capacidad de un paciente para consentir un ingreso hospitalario en una Unidad de Salud Mental del SSPA y solicitar, en su caso, la autorización judicial de ingreso involuntario al juzgado competente.

Por otro lado, tendrían competencia para dar altas hospitalarias y elaborar informes de alta de los pacientes dados de alta en los Dispositivos de Salud Mental (se aclara que las altas hacen referencia a pacientes ingresados en dispositivos de la red de salud mental, siendo preciso interconsultar, como es práctica habitual, con otras especialidades procesos orgánicos concomitantes si los hubiera).

Tendrían competencia para dar altas hospitalarias y elaborar informes de alta

Finalmente, estaría también dentro del ámbito de su competencia el atender urgencias hospitalarias y urgencias en las Unidades de Salud Mental Comunitarias y el resto de dispositivos de la red de Salud Mental del SSPA.

Estas aclaraciones llegan a raíz de algunas actuaciones de directores de unidades de salud mental que "querían impedir esas competencias", según trasladan los expertos a este medio, y relegarlas únicamente a los médicos. Así, tras la consulta, se ha dado la razón a los psicólogos clínicos de manera que podrán realizar todas las actuaciones relatadas.

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