El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Granada, ha dictado sentencia que estima totalmente la demanda presentada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, y condena al Servicio Andaluz de Salud a indemnizar a una mujer de Granada por los daños causados tras aplicarle una inyección intramuscular en un centro de salud con la cantidad de 6.500 euros.
Los hechos según se detallaba en la demanda presentada se remontan al 9 de agosto de 2016 cuando acudió al Servicio de Urgencias del Centro de Salud de La Zubia (Granada) aquejada de dolor de estómago-epigastralgia, ya que estaba en tratamiento farmacológico por una lumbociatalgia y trocanteritis, por lo que el médico de dicho centro de salud le prescribió tratamiento con una inyección intramuscular de Metamizol y Primperam.
La afectada tuvo que ser operada quirúrgicamente debido al inyectable que se le administró
La negligencia médica empieza cuando la enfermera que estaba de guardia en el Servicio de Urgencias de dicho Centro de Salud, al disponerse a administrar dicho tratamiento, fue informada previa e insistentemente por la paciente, de la existencia de un importante dolor con inflamación y enrojecimiento en su glúteo izquierdo motivada por la lumbociatalgia y trocanteritis y que además estaba siendo tratada con medicamentos y rehabilitación fisioterapia en esa zona.
No obstante, y a pesar de la insistencia de la paciente rogando que no le aplicaran el inyectable, la enfermera se lo administró. Dicho inyectable intramuscular, como no podía ser de otra forma, ocasionó un absceso en el glúteo del que tuvo que ser intervenida la lesionada el 22 de agosto de 2016. Dicha operación quirúrgica ha ocasionado un período de incapacidad permanente y una cicatriz antiestética.
Ahora, desde la Asociación defienden: “Es obligación del personal sanitario comprobar la situación de la zona donde se va a aplicar la inyección, cosa que no se hizo adecuadamente por la enfermera pese a ser advertida por la perjudicada”.