En la recientemente aprobada Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, se presenta la posibilidad de que los médicos puedan realizar objeción de conciencia a la misma.
En dicha Ley se expone que existirá un registro, a cargo de las administraciones públicas, de objetores de conciencia. Siendo consciente de la importancia de la objeción de conciencia en relación de la eutanasia, y con el respeto a las normas aprobadas por el Parlamento español al respecto, la Junta Directiva del Real e Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Sevilla ha acordado la creación de un registro voluntario de facultativos objetores de conciencia a la ley de regulación de la eutanasia.
El registro se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal
En él se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia para la realización de la misma y que tendrá por objeto establecer un marco de colaboración con la administración sanitaria. El registro se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal.
El RICOMS solicitará a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía la delegación de competencias que le atribuye el artículo 16. 2 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo”. Para aquellos interesados deben enviar el documento a secretaria@comsevilla.es.