En un encuentro con representantes de colectivos LGTBI de la comunidad y junto a la directora general del Instituto de la Mujer, Araceli Martínez, Leal les ha informado sobre las nuevas instrucciones en cuanto a requisitos, indicación, criterios de aplicación y procedimientos ofertados.
Las modificaciones serán efectivas desde el 1 de enero y serán revisadas por el SESCAM y una comisión de seguimiento
Y es que, aunque estaba en vigor la Ley 14/2006 que indicaba que “toda mujer mayor de 18 años puede ser receptora de las técnicas de reproducción asistida con independencia de su estado civil y orientación sexual”, también se había aprobado el Real Decreto 16/2012 que contemplaba esta prestación solo para mujeres con pareja masculina.Por ese motivo, el SESCAM ha introducido cambios “para acabar con las inequidades” en los que han participado de manera consensuada los servicios médicos de la región, en especial los de Obstetricia y Ginecología.
Así, el marco propuesto regula aquellas indicaciones y requisitos necesarios para que cualquier mujer opte a técnicas como la inseminación artificial, la fecundación in vitro con inyección microcitoplasmatica, la transferencia de embriones donados o la criopreservacion de gametos y embriones para su posterior uso.
A PARTIR DE 2017
Regina Leal ha indicado que estas modificaciones serán efectivas desde el 1 de enero de 2017. Asimismo, estas instrucciones serán revisadas, regularmente, por la Dirección Gerencia del Servicio de Salud, y por la Comisión Regional de Seguimiento de estas técnicas.
La norma regulará y unificará igualmente el diagnóstico genético preimplantacional tanto preventivo como curativo. Además, en las instrucciones se establecen las contraindicaciones, las edades de la mujer y el varón, y el procedimiento necesario para acceder al mismo.
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