La Organización Colegial Veterinaria (OCV) presentó a la Dirección General de Derechos de los Animales una propuesta sobre la eutanasia y su práctica en situaciones no recuperales. Con arreglo al artículo 27.a de la Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales la eutanasia deberá estar justificada bajo criterio clínico y podrá realizarse en situaciones extremas, aún existiendo tratamiento, o cuando los dueños no puedan proporcionar más ayuda al animal.
Así lo ha informado la OCV en un comunicado tras la preocupación del colectivo veterinario por la puesta en marcha de medidas como la eutanasia con la nueva Ley aprobada el pasado 29 de septiembre. Los profesionales "tenían dudas sobre su actuación" a falta del reglamento complementario para la puesta en marcha de determinadas medidas de la nueva normativa.
La institución veterinaria presentó un modelo certificado donde exponía el concepto de causa no recuperable cuando se compromete la vida del animal. En este sentido, la organización explica que debe demostrarse si el animal "sufre una enfermedad con ausencia de tratamiento que posibilite su supervivencia con una adecuada calidad de vida y en contra de la dignidad necesaria en nuestra convivencia con los seres sintientes".
El veterinario debe informar de que "el animal presenta una patología que compromete gravemente su calidad de vida, en ausencia de disponibilidad de los medios necesarios para su control por parte de su titular"
Este modelo también incluye a los animales que padecen una "enfermedad con posibilidad de tratamiento desde un punto de vista sanitario, pero sin que los dueños tengan posibilidad de acceder a ello, de tal forma que comprometa seriamente su calidad de vida y que aboque al animal a un sufrimiento prolongado en el tiempo".
La OCV asegura que el veterinario debe informar de que "el animal presenta una patología que compromete gravemente su calidad de vida, en ausencia de disponibilidad de los medios necesarios (económicos, dificultades de manejo, incapacidad física del titular para atender las necesidades del animal, distancias geográficas incompatibles con tratamientos crónicos...) para su control por parte de su titular, abocando al animal a un sufrimiento prolongado incompatible con la dignidad que se debe procurar en nuestra convivencia con cualquier ser sintiente".
Desde la Organización reconocen la importancia de contar con la información de los profesionales para este tipo de situaciones por parte de la Administración, que son muy frecuentes en su día a día y en ocasiones son ajenas a su responsabilidad.