La ley en la Comunidad Valenciana establece la categorización de razas de perros potencialmente peligrosos (PPP) en el Decreto 145/2000, modificado por el Decreto 16/2015. El Anexo II de este decreto detalla las características que definen a las razas PPP, así como las condiciones para su identificación. Además, se especifican las características para los perros que no tienen una tipología racial definida.
De acuerdo con las directrices de la autoridad competente en materia de Sanidad y bienestar animal, el Registro de Identificación de Animales (RIVIA) incluirá las razas reconocidas por la Federación Cinológica Internacional (FCI), a la que está afiliada la Real Sociedad Canina de España, así como por el Ministerio de Agricultura en el RD 558/2001.
Dadas las características morfológicas del American Bully y la intención preventiva de la ley en cuanto a la protección de las personas y sus bienes frente a posibles amenazas, se establecen medidas cautelares para minimizar cualquier riesgo asociado con estos perros. Aunque no estén específicamente enumerados en la legislación, se justifica su registro como PPP en el RIVIA.
“No es una de las razas recogidas en el listado de la Ley pero es un cruce de tres de ellas por lo que, por sus características, debe inscribirse así en el RIVIA”
Concretamente, el Colegio de Veterinarios de Valencia explica en un comunicado: “No es una de las razas recogidas en el listado de la Ley, pero es un cruce de tres de ellas por lo que, por sus características, debe inscribirse así en el RIVIA”.
Para cumplir con las disposiciones legales, los propietarios de American Bully deben cumplir con los requisitos establecidos, como obtener licencia, disponer de seguro de responsabilidad civil y utilizar bozal y correa de menos de 2 metros en espacios públicos.
RAZA AMERICAN BULLY
El American Bully, una raza de perro de origen estadounidense, tiene su origen en la década de 1980, aunque no fue oficialmente reconocida hasta una década más tarde. Su ascendencia se remonta a la mezcla de tres razas: el American Pit Bull Terrier, el American Staffordshire Terrier y el Staffordshire Bull Terrier. Aunque no se considera una raza independiente, según la legislación, se debe clasificar como una combinación de las tres razas mencionadas, todas ellas designadas como perros potencialmente peligrosos (PPP).