España adopta medidas urgentes para frenar el avance del serotipo 3 de la lengua azul

Entre las medidas se establecen zonas restringidas frente al serotipo 3 en aquellas zonas de España por las que circula la enfermedad

Luis Planas, ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en España. (Foto: La Moncloa)
Luis Planas, ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en España. (Foto: La Moncloa)
1 octubre 2024 | 11:00 h
Archivado en:

Este martes se han publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) nuevas medidas específicas para la protección y control frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul. La publicación de este documento se hace oficial días después de que el Gobierno autorizase la compra de 655.000 dosis de la vacuna contra esta variante de la enfermedad. A lo que se suma también el reparto de 23 millones de euros, aprobado la semana pasada, entre las comunidades autónomas para hacer frente a diversas enfermedades.

“La reciente detección de circulación del serotipo 3 del virus de la lengua azul en los municipios de Cheles y Alconchel, en la provincia de Badajoz, serotipo hasta ahora nunca detectado en España, hace necesaria la adopción de medidas urgentes de protección y control frente al mismo para frenar su dispersión en España, dada su especial importancia por su previsible impacto en el sector ganadero, ya que produce cuadros clínicos severos y elevada mortalidad en ovino, así como clínica en ganado bovino con pérdidas en la producción láctea, si bien con baja mortalidad en esta especie”, dicta la orden.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establecerá medidas urgentes para establecer una zona restringida frente al serotipo 3 de la lengua azul que incluya, aproximadamente, los 150 kilómetros que rodeen a los focos detectados

A partir de ahora, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establecerá medidas urgentes para establecer una zona restringida frente al serotipo 3 de la lengua azul que incluya, aproximadamente, los 150 kilómetros que rodeen a los focos detectados, además de la aplicación directa en esta zona de aquellas medidas que recoge la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre.

Además de establecer como zonas restringidas las dispuestas en esta orden, el BOE matiza que todas las medidas establecidas en las diferentes órdenes y aplicables para los serotipos 1, 4 y 8, “serán directamente aplicables para el serotipo 3 en la zona restringida frente a dicho serotipo”, declara la disposición.

“Se habilita al Director General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal para modificar mediante resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», la zona restringida frente al serotipo 3 establecida en el anexo de esta orden con base en las notificaciones recibidas de las comunidades autónomas”, puntualiza el ministro de Agricultura, Luis Planas, quien concluye que esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOE.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.